BUENOS AIRES: MAS CONTROL SOBRE ALIMENTOS
El ministerio de Asuntos Agrarios informa que la provincia de Buenos Aires, a través de la ley N° 13.230 y Decreto N 2697/05 del gobernador Felipe Sola, adhiere a la Ley Nacional 18284, del Código Alimentario Argentino. Por lo tanto, se conformó el pasado 21 de marzo, la Comisión de Vinculación Interministerial, coordinada por el ministerio de Asuntos Agrarios para el transcurso del 2006, con carácter técnico y consultivo, entre esta cartera y el ministerio de Salud, de acuerdo a las reglamentaciones vigentes, con el fin de establecer el contralor agroalimentario en todos los productos elaborados, transportados y comercializados en el ámbito bonaerense.
Dicha Comisión está compuesta por profesionales técnicos, representando, dos a la Dirección Laboratorio de Salud Pública, dos a la dirección de Fiscalización Sanitario del ministerio de Salud, dos del Laboratorio Central , y dos técnicos de la Dirección de Sanidad y Fiscalización Ganadera de la cartera de Agrarios. Estos articularán las acciones para la aplicación del Código Alimentario Argentino, a través de la implementación de un Sistema de Contralor Agroalimentario en los municipios bonaerenses, en un marco de descentralización administrativa impulsada por el gobierno de la provincia de Buenos Aires, donde se convendrán las ejecuciones de trámites administrativos, de capacitación y fiscalización sanitaria, para verificar el cumplimiento de las normas sanitarias y garantizar así la inocuidad de los alimentos elaborados y comercializados en el territorio bonaerense.
En este contexto se realizarán auditorias técnicas funcionales a la capacidad operativa de cada comuna, donde se pretende implementar el Sistema de descentralización en el Contralor de Alimentos, por lo tanto se jerarquizarán los roles de las Áreas de Salud municipales, en la aplicación de la Ley Nacional 18.284, sus Decretos reglamentarios y la normas MERCOSUR.
En este contexto se realizarán auditorias técnicas funcionales a la capacidad operativa de cada comuna, donde se pretende implementar el Sistema de descentralización en el Contralor de Alimentos, por lo tanto se jerarquizarán los roles de las Áreas de Salud municipales, en la aplicación de la Ley Nacional 18.284, sus Decretos reglamentarios y la normas MERCOSUR.
El Sistema deberá contar con áreas operativas especificas, administrativas, informáticas, contables, auditorias, laboratorios. Al mismo tiempo se dispondrá de un área de capacitación destinada a todos los niveles escolares, productores, consumidores y operadores de la cadena agroalimentaria y agentes del sector públicos involucrados en el control de alimentos.
En cuanto a las Auditorias, estarán compuesta por personal idóneo, con formación, entrenamiento y capacitación permanente sobre sistemas de gestión de calidad e inocuidad de alimentos; el personal directivo o de supervisión deberá poseer titulo Universitario, al igual que el de inspectoría o el de personal auxiliar y será obligatorio estar inscripto en un registro público provincial y con firma registrada.
Al mismo tiempo, al sistema le corresponderá articular en forma activa el funcionamiento adecuado de la red de vigilancia epidemiológica provincial de enfermedades transmitidas por alimentos, en los municipios. Dicha articulación contara con la participación de los Laboratorios Oficiales en la Provincia de Buenos Aires, con el objeto de realizar los análisis de Inscripción del producto, de Fiscalización, de investigación Epidemiológica de enfermedades transmitidas por alimentos y asesoramiento en los diferentes niveles de la cadena agroalimentaria.
Finalmente, la Comisión de Vinculación Interministerial, será el organismo que auditará a los municipios, con el fin de analizar las capacidades de cada uno para ingresar en el Sistema Descentralizado del contralor Agroalimentario, donde el ministerio de Agrarios es el responsable de la coordinación para la aplicación del Código Alimentario Nacional en el transcurso del año 2006.
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